Ley Zamudio
El recién pasado día jueves 10 de marzo, se procedió a la Instalación de "mejoras fiscales" por concesión marítima de escasa importancia en el sector de playa San Carlos; Obligación adquirida por la municipalidad de El Tabo cuando concesionó el área por la temporada 2015 -2016, específicamente desde diciembre 2015 hasta noviembre 2016.
Forma parte de los DEBERES adquiridos por este concepto, según las bases de concesión y el reglamento respectivo, el cual exige que estas mejoras sean presentadas y ejecutadas antes del inicio de la "Explotación" del B.N.U.P. concesionado. Es decir, deberían haber sido instaladas en diciembre de 2015...
Hoy las autoridades de la Ilustre Municipalidad de EL Tabo, demuestran una vez más estándares de mediocridad, ignorancia y falta de sentido común que sí o sí, terminan dando un triste espectáculo.
Con la instalación del letrero que muestra la fotografía adjunta, se puede comprobar que la Ilustre Municipalidad de El Tabo ejerce la discriminación arbitraria al restringir el acceso a un B.N.U.P. violando precisamente el espíritu de la ley 20609 o ley de no discriminación .
"Cada uno de los órganos de la Administración del Estado, dentro del ámbito de su competencia, debe elaborar e implementar las políticas destinadas a garantizar a toda persona, sin discriminación arbitraria, el goce y ejercicio de sus derechos y libertades reconocidos por la Constitución Política de la República".
ÁLVARO TRONCOSO GIL