Tesorero (s) da las claves sobre la Operación Renta de este año
El pasado miércoles 1 de abril se inició oficialmente la Operación Renta 2015, proceso en donde las personas y las empresas declaran los ingresos obtenidos durante el año pasado y pagan los impuestos correspondientes a dichas rentas.
"Al elegir la opción depósito en su declaración, los contribuyentes podrán recibir al menos 17 días antes su devolución, directamente en su cuenta corriente, de ahorro, vista o cuenta Rut, mediante una transacción segura, confiable y sin la necesidad de realizar trámites", señaló Claudio Tang, tesorero provincial (s) de la Tesorería General de la República de San Antonio.
Agregó que "para la Tesorería y para la ciudadanía en general es un anhelo que la devolución de impuestos se haga en el menor tiempo posible y una de las alternativas es que los contribuyentes elijan la opción de depósito bancaria como el canal para obtener su devolución, ya que de esa forma la transferencia es instantánea".
Para las personas que tienen honorarios, que son trabajadores independientes, la obligatoriedad de la cotización previsional empieza a partir del 01 de enero. Como actualmente se incluyen las rentas obtenidas desde enero hasta diciembre de 2014, este año nuevamente está la posibilidad de renunciar a hacer el aporte previsional. En la Operación Renta 2016 será obligatorio para todos los trabajadores independientes cotizar para el sistema previsional.
Entre el 4 y el 6 de junio debieran tener su devolución todos aquellos que no eligieron la opción de transferencia electrónica y no indicaron una cuenta.
"Si no está el destinatario, estos cheques se devuelven a la Tesorería General y quedan en custodia. Los contribuyentes que vienen después del plazo tienen que renovarlos y al momento de ser emitido el nuevo cheque, pueden optar también por la opción de depósito en su cuenta. El cheque se puede renovar hasta los 5 años. Si en ese plazo no se apersona el contribuyente, el monto va a beneficio fiscal", señaló el tesorero provincial (s).
RETENCIONES
El SII como ente fiscalizador puede generar una orden de retención. También los tribunales de familia, laborales, entre otros, pueden solicitar a la Tesorería que haga una retención de la devolución, porque hay una sentencia determinada y hay una conminación al pago de determinada persona por un juzgado, quien comunica que la devolución de impuestos que pueda tener, se le retenga a ese contribuyente.
Existe otra modalidad que no es retención, y que se produce cuando un contribuyente está moroso y la Tesorería se paga con la devolución. "Esto se conoce como una compensación, que es cuando un contribuyente que mantiene una deuda morosa, la Tesorería General, paga total o parcialmente la deuda con cargo a su devolución". J
