Corte le rebajó la pena a un condenado por asalto
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La Corte Suprema acogió el recurso de nulidad presentado en contra de la sentencia que dictó el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio y por ello rebajó la sanción aplicada a un condenado por asalto.
En fallo unánime la segunda sala del máximo tribunal acogió el recurso de nulidad en contra de la sentencia que condenó a un menor de edad identificado con las iniciales S.E.G.S. a 4 años de internación en régimen cerrado, con programa de reinserción social como autor del delito de robo con intimidación; además de 541 días de internación de régimen semicerrado, como autor del delito de secuestro.
La sentencia de reemplazo de la Corte Suprema establece que el fallo del Tribunal Oral en lo Penal incurrió en violación de derechos fundamentales al condenarlo por asalto y secuestro, siendo que el adolescente cometió un solo atraco: robo con intimidación.
"Que, en suma, los hechos descritos satisfacen un único tipo penal, cual es el de robo con intimidación, de manera que no resultaba procedente castigar al acusado, además, como autor de secuestro. Se verifica, entonces, que los sentenciadores incurrieron en una errónea aplicación del derecho, tal como fue denunciado en el recurso, motivo por el cual se acogerá la causal de nulidad (...), por lo que se asumirá a continuación la obligación de dictar sentencia de reemplazo", explica el fallo.
La resolución agrega: "El imputado será sancionado por la comisión del delito de robo con intimidación (...) de modo que, atendidas las circunstancias de comisión que incluyen el encierro de la víctima en la maleta del automóvil y la gravedad del hecho punible.(…). Se condena a S.E.G.S. como autor del delito de robo con intimidación a la pena de cuatro años de internación en régimen cerrado bajo un programa de reinserción social". J