Ley de inclusión
La Ley de Inclusión busca eliminar la discriminación que existe en nuestro sistema escolar y señala que el derecho a la educación debe estar por encima de otros aspectos. Uno de los puntos hace referencia a que un estudiante no podrá ser suspendido de clases por su aspecto o por no tener algún elemento del uniforme.
Sucede que la normativa interna de un colegio es la que con sus declaraciones de derechos y deberes permite dar mejor cauce al proyecto educativo. El sentido de las normas apunta a establecer una mejor convivencia dentro de la comunidad, reforzar el sentido del respeto hacia aspectos que favorecen la formación integral, como también a priorizar conductas que permiten personalizar los ideales del colegio y su misión educativa.
No es proporcional suspender a un alumno por no cumplir con algún elemento del uniforme, pero cabe preguntarse, ¿cuáles son los alcances y límites del incumplimiento?; ¿cómo juzgar las razones de este si conocemos que los adolescentes en materia de orden siempre buscarán evadir la norma?; ¿es discriminatorio exigir deberes mínimos? Los términos discriminación e inclusión tienen un doble filo que pueden terminar minando las pautas que orientan la formación, pues en nombre de la "no discriminación" cabe mucho y todo.
La tolerancia es éticamente obligatoria, pero no se identifica con la indiferencia, sino que es condición básica para conjugar las libertades individuales, pero, a su vez, debe orientarse al bien común e individual que persigue la educación.
El Mineduc pide que las reglas internas de los colegios se adecuen al "sentido común", y con el riesgo de que es el menos común de los sentidos, es preciso que los vacíos que esta ley conlleva se completen con directrices que permitan que los alumnos se formen en base a respeto, cariño y exigencia, que es lo que les posibilita ser personas recias y fuertes, no "merengues" adaptables a situaciones pasajeras.
SOLANGE FAVEREAU C.
DIRECTORA DE ESTUDIOS PEDAGOGÍA MEDIA, U. LOS ANDES