¿Qué dice la ley?

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El Ministerio de Bienes Nacionales tiene la facultad de regularizar el dominio de una propiedad a quien sea poseedor/a material de un bien raíz, pero que carezca de título de dominio debidamente inscrito en el Conservador de Bienes Raíces, reconociéndole la calidad de poseedor regular para adquirir el dominio del inmueble. ¿Qué se necesita para hacer el trámite? La posesión material pacífica, continua y exclusiva por un tiempo no inferior a 5 años. El bien raíz debe contar con límites claros y ser aceptados por los vecinos colindantes.