Justicia ordena indemnizar a los familiares de dos mujeres fallecidas en Llolleo en tsunami 27/F
En dos casos distintos, la Corte Suprema y un tribunal de Santiago fijaron el pago de $70 millones a los hijos de dos personas que perdieron la vida en los Ojos de Mar.
El Poder Judicial ordenó al Estado pagar $70 millones en indemnizaciones a los familiares de dos víctimas del tsunami que afectó a Llolleo tras el terremoto del 27 de febrero de 2010.
Se trata de los fallos de dos causas, que se hicieron conocidas el mismo día, pero desde distintos tribunales.
El primero de ellos emanó desde la Corte Suprema, que confirmó la sentencia que condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de $1.840.000.000 (mil ochocientos cuarenta millones de pesos) a 74 familiares de 20 víctimas de la catástrofe en Juan Fernández, San Antonio, Constitución, Talcahuano y Tomé.
Casos
Entre los demandantes en este juicio estaban los dos hijos de Victoria Vásquez Urrutia, de 45 años al momento de su deceso, quien según el fallo del 22° Juzgado Civil de Santiago, murió a las 04. 30 de la madrugada del 27 de febrero de 2010, en el Camping de Llolleo.
Ambos hermanos habían solicitado 150 millones de pesos a la justicia, pero solo les otorgaron treinta a cada uno.
Los restos de la mujer aparecieron recién cuatro días después del desastre, de acuerdo al documento ratificado por la Corte de Apelaciones de Santiago y luego por la Corte Suprema. Esta mujer provenía de El Bosque a vacacionar a la costa.
El segundo caso corresponde al pronunciamiento del 24° Juzgado Civil de Santiago, que también condenó al Estado a pagar una indemnización de $10 millones a la hija de Avelina de las Mercedes Quiroz Acevedo, víctima del mismo maremoto en Llolleo.
En la demanda se alegaba que la mujer "falleció por la supuesta negligencia cometida por las autoridades del Estado" al no evacuar a tiempo la costa chilena. Esto fue corroborado por dicho tribunal.
En el fallo se indica que "encontrándose establecida la negligencia del jefe de turno del Centro de Alerta Temprana de la Onemi, respecto del aviso oportuno a las víctimas del tsunami en San Antonio, entre éstas, la madre de la demandante, debe asentarse que ha existido, entonces, una falta de servicio del Estado".
Quiroz Acevedo se encontraba junto a su pareja David Yáñez Muñoz en la cabaña 508 cuando el terremoto los sorprendió durmiendo. Ella falleció de "asfixia por sumersión", según consta en la sentencia de la magistrada Patricia Ortiz. Su cuerpo fue encontrado el 2 de marzo del año 2010.

