Por tercera vez hallan culpable a Turbus por la tragedia del 2010
El 9° Juzgado Civil de Santiago condenó a la empresa a pagar más de 4 mil millones de pesos de indemnización a familiares de 11 fallecidos y 3 lesionados víctimas del accidente.
Un total de $4.037.040.000 (cuatro mil treinta y siete millones, cuarenta mil pesos) debería pagar la empresa Turbus como indemnización a los familiares de 11 pasajeros fallecidos y 3 lesionados en el accidente ocurrido el año 2010 en la Autopista del Sol.
Esto, de acuerdo a la sentencia emanada en primera instancia, desde el 9° Juzgado Civil de Santiago (fallo rol 19.064-2014), en que la jueza Lidia Poza Matus señaló como responsable a la empresa por las malas condiciones mecánicas del bus que el 23 de noviembre de 2010 se accidentó a la altura del kilómetro 45,4 de la Autopista del Sol o Ruta 78, lo que provocó la muerte de 20 personas y dejó a otras 16 heridas graves.
El fallo señala "que a esta sentenciadora le parece que la prueba referida tanto los informes mecánicos como los testimonios de los choferes de la empresa, es contundente y documentada en orden a tener por establecido que el accidente se produjo por fallas mecánicas del bus, específicamente rótula de la dirección quebrada, por fatiga y fractura por vibración y agripamiento o trabadura mecánica por falta de lubricación, por lo cual el vehículo perdió el trapecio de dirección requerido para su control". A estas mismas conclusiones llegó la fiscalía después de años de investigación, proceso que recopiló gran cantidad de antecedentes, algunos de ellos muy valiosos, ya que se interrogaron a empleados y pasajeros y se realizaron informes periciales".
El documento agrega que "…por otro lado, una empresa crea un negocio destinado a ser exitoso, sometiéndose a la reglamentación vigente y anticipando cualquier inconveniente ya sea de sus medios físicos, como humanos, para cumplir su objetivo, de allí que estaba obligada a prestar un servicio adecuado y diligente lo que no ocurrió. Tratándose, en este caso, de una obligación por hecho propio atendido su giro de negocios".
Hipótesis
Dentro de los antecedentes que revela el fallo judicial, se presenta un informe pericial realizado por el perito Sergio Jiménez Bustos, quien destaca dentro de las causas probables una trizadura del parabrisas que fue agravándose en el trayecto hasta un punto crítico en que a la altura del kilómetro 45,4 de la Autopista del Sol "provocó la quebradura del parabrisas y su peso, al golpear al conductor, provocó la pérdida brusca del control del móvil que como consecuencia de ello giró bruscamente a la izquierda, ronceándose, según dan cuenta varios de los testigos, circunstancia que tuvo causa y efecto con el ruido similar a una explosión".
Los demandantes de esta causa corresponden a las familias de Enrique Magnetti, George Saure, Bárbara Palma, Ana Mejías, Alfonso Vera, Rubén Leiva, Dagoberto Millar, Carolina Parra, James Ortiz, Juan Kulm y Carolina Vera, fallecidos en el accidente y también tres personas que resultaron gravemente heridas como Rafael Toledo, José Venegas y Juan Francisco Ugarte.
En primera instancia, las 11 familias demandantes y los 3 pasajeros lesionados podrían recibir entre 30 y 651 millones de pesos de indemnización por daño moral y lucro cesante, de acuerdo a cada uno de los casos.
La empresa
Respecto del fallo del noveno Juzgado Civil de Santiago la empresa Turbus, a través de un comunicado enviado a Diario El Líder, señaló que "Como compañía reiteramos que lamentamos profundamente el accidente ocurrido el 23 de noviembre de 2010, fecha que aún enluta a todos quienes trabajamos en Turbus".
Agrega además que "No obstante, respecto del pronunciamiento del Noveno Juzgado Civil de Santiago, es preciso señalar que el informe de la Siat de Carabineros, emitido el 4 de febrero de 2011, fue claro y concluyente en precisar que el hecho en cuestión no se debió a una falla mecánica del bus".
"El accidente se produjo por fallas mecánicas del bus, específicamente rótula de la dirección quebrada, por fatiga y fractura..."
Fallo emitido por el, 9° Juzgado de Santiago"