Pesca de subsistencia
por Eduardo Riquelme, subsecretario de Pesca y Acuicultura.
Las expresiones del valor de la pesca en Chile son múltiples. En el ámbito artesanal, por ejemplo, constituye una rica forma de vida, arraigada en la idiosincrasia y tradiciones nacionales, que resulta necesario preservar y proyectar hacia el futuro. Su faceta industrial, en tanto, aparece asociada a la generación de empleos y al desarrollo de la economía en distintas áreas del país. Pero el aporte de esta actividad se relaciona también con un plano menos visible: aquel vinculado a la subsistencia de grupos vulnerables de la población en zonas costeras.
En efecto, para esos compatriotas, la captura de peces, mariscos y otros recursos acuáticos en sitios próximos a sus hogares implica una alternativa viable a la hora de buscar alimentos. Ya sea por la satisfacción de una necesidad básica o en razón de factores que pueden entroncar, incluso, con costumbres ancestrales.
Hacerlo, sin embargo, conlleva un riesgo. Porque esa conducta, cuyo foco está puesto la mayor parte de las veces en el sustento familiar, puede ser considerada hoy como pesca ilegal por la autoridad fiscalizadora, con todas las consecuencias que ello implica.
Precisamente para resolver ese problema, el Ejecutivo y legisladores de distintos partidos -tanto opositores como afines al Gobierno- consensuamos una propuesta, en el marco del trámite del proyecto de ley de modernización de Sernapesca. Esta última iniciativa se encuentra radicada en una comisión mixta del Congreso y será clave para materializar la política de tolerancia cero contra la pesca ilegal dispuesta por el Presidente Sebastián Piñera.
La propuesta sometida al escrutinio de la comisión mixta estatuye la pesca de subsistencia: una figura que hasta ahora no existía en el ordenamiento jurídico nacional. Los diputados y senadores la aprobaron de manera casi unánime, a partir de un fecundo diálogo y una mutua voluntad para alcanzar acuerdos.
En lo medular, la nueva disposición sustrae de la persecución penal por pesca ilegal a aquellas personas que capturan cantidades limitadas de recursos, con el fin de alimentarse. Adicionalmente, se les permite comercializar excedentes, siempre bajo la lógica de la subsistencia.
La norma, además, contempla expresamente que quienes pertenecen a los pueblos originarios pueden acogerse a ella, también con el propósito de conjurar posibles sanciones por incurrir en esa práctica.
Ahora bien, como uno de los propósitos de la ley de modernización de Sernapesca es combatir la pesca ilícita, la disposición relativa a la subsistencia establece claramente una serie de limitaciones, para no desvirtuar el fin original de la propuesta recién visada en la comisión mixta.
De partida, la pesca será considerada de subsistencia, cuando se realice sin embarcaciones, o con botes carentes de propulsión y cuya eslora (largo) no supere los seis metros. La cuantía de la captura, además, deberá corresponder a las necesidades de un grupo familiar. Y si hay remanentes, quien capturó los recursos tendrá la posibilidad de venderlos directamente al público o en ferias libres. Pero esos mismos excedentes no podrán ser adquiridos bajo título alguno por plantas de procesamiento o elaboración de productos del mar.