Abogado sanantonino explica de qué se trata la Constitución
Alejandro Carrasco detalló por qué algunos sectores desean cambiar la Carta Magna elaborada en 1980 bajo el régimen militar.
Durante la primera semana de noviembre la Constitución Política de Chile se convirtió en el segundo libro más vendido en el país, según el ranking elaborado por El Mercurio.
Pero esto no es casual, ya que el interés por conocer la carta fundamental tiene directa relación con la discusión de levantar una nueva Constitución en medio de la crisis social que atraviesa Chile.
La Constitución chilena fue creada en 1980 bajo la dictadura de Augusto Pinochet y hasta ahora ha sido modificada en 20 ocasiones. Está compuesta por 15 capítulos, los cuales resguardan derechos fundamentales de las personas y regulan diversas materias relativas al país y su funcionamiento.
Entender la Constitución no es un tema fácil. Por eso, desde que se dio a conocer el acuerdo por la paz que establece un plebiscito en abril para saber si los chilenos quieren una nueva Constitución, algunos municipios de la provincia han comenzando a organizar diversas actividades donde la comunidad puede conocer y saber un poco más sobre la carta elemental.
El abogado Alejandro Carrasco ha estado trabajando de lleno en un programa en la comuna de El Quisco con el objetivo de que sus vecinos estén informados al momento de sufragar.
Según lo explicado por el profesional, antes de todo hay que tener claro qué es la Constitución y de qué se trata.
"La Constitución es la norma fundamental del ordenamiento jurídico y se divide en tres partes. Por un lado, define quiénes son los chilenos, base de la institucionalidad. En segundo punto define cuáles son los derechos y cuáles son las obligaciones de los chilenos, y en una tercera parte, le da al Estado una forma jurídica, fija la estructura que va a tener el Gobierno", detalló el abogado Alejandro Carrasco.
Asimismo afirmó que existen distintos tipos de constituciones. "Algunas son cortas, otras largas, rígidas y blandas. Estas últimas características son de acuerdo a su facilidad para modificarla. Algunas abarcan pocas cosas y otras muchas".
"Por ejemplo, nuestra Constitución es semirrígida, lo que permite algunas modificaciones, pero para efectuar otras modificaciones se requiere un quórum muy alto", agregó el jurista.
En Estados Unidos, por ejemplo, se guían por una carta de derechos creada en forma posterior a la declaración de independencia. "En esta declaración se garantizan ciertos derechos, y en la cual se han introducido modificaciones, por eso en las películas la gente habla de la enmienda. El sistema judicial también es distinto", dijo.
Demandas sociales
Desde que se desató el estallido social una de las demandas que más se ha repetido en las distintas manifestaciones que se han llevado a cabo en el país tiene relación con un cambio constitucional.
Sin embargo, desde diversos sectores de inmediato comenzaron a cuestionarse si es que un cambio a la Constitución o una nueva carta elemental sería la solución para temas como pensiones, salud y educación.
Carrasco aseguró que si revisamos las demandas sociales, efectivamente dentro de la Constitución hay algunas cosas que se han visto cuestionadas en estos últimos días.
"Por ejemplo, en el artículo primero de la Constitución, inciso tercero, dice que el Estado reconoce y ampara a los grupos intermedios a través de los cuales se organiza y se estructura la sociedad y les garantiza la adecuada autonomía para cumplir sus propios fines específicos", señaló el abogado, quien agregó que "esto se llama principio de subsidiariedad y tiene una relevancia gigante en Chile porque significa que el Estado no puede intervenir en nada donde pueda intervenir un privado. Este principio de subsidiaridad está en la Constitución".
Otro de los temas que están dentro de las demandas sociales de los chilenos tiene que ver con una salud digna.
"En el artículo 19, número 9, la Constitución señala que garantiza el derecho a la protección de la salud. Después indica que el Estado protege el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud, pero en ningún momento se dice que el Estado garantiza el derecho a la salud. La Constitución te da la opción de elegir el sistema de salud público o privado, eso quiere decir que se te vas a Fonasa o a una isapre", aclaró Carrasco.
Según lo explicado por el jurista, que la Carta Magna cuente con el "principio de subsidiaridad" impide que haya un sistema único de salud. "En Europa hay sistemas únicos donde existe una complementación entre el sistema público y el privado que hacen que la salud sea de muy buena calidad".
Para Carrasco, otro de los puntos que por años ha causado molestias en la ciudadanía tiene relación con el pago de impuestos porque en el país no existiría una repartición igual entre los que ganan más y los que ganan menos.
"En este sentido la Constitución establece una igual repartición de los tributos a las rentas o en la progresión o forma que exige la ley, entonces, en definitiva te dice que eso lo regulará la ley y no la Constitución. Lo que hace finalmente es una mera declaración de buena voluntad", afirmó.
Tribunal constitucional
El Tribunal Constitucional también es un tema que ha causado controversia entre la comunidad ya que muchos han solicitado su eliminación.
Este tribunal es el encargado de que cualquier normativa que se dicte se enmarque en los límites constitucionales y está formado por tres ministros que son designados por el Presidente de la República, cuatro ministros nombrados por el Congreso y otros tres designados por la Corte Suprema. Los integrantes del TC duran 9 años en sus cargos.
"Por eso mucha gente critica al tribunal ya que pasan leyes que son inconstitucionales y que en algún momento el tribunal pareciera no notarlo, pero creo que habría que ver cada caso en particular", acotó.
Ley
El abogado indicó que son muchas las demandas sociales de este conflicto que tienen asidero en la Constitución y que otras pueden ser modificadas con la ley.
-¿Cuáles son estas demandas?
-Creo que el tema de la AFP puede ser modificado con una ley. A pesar de que no hay resguardo en la Constitución puede ser eliminado por ley o crear una AFP estatal.
Según Carrasco, este "cambio" podría presentar algunos problemas debido a que la Constitución permite cualquier actividad económica, "entonces la gente que tiene AFP va a recurrir al recurso de protección económico para que le permitan seguir manteniendo esta AFP. Creo que este tema requiere tener un plan B".
-Según su conocimiento, en caso de haber una nueva Constitución, ¿habría algo que se pudiera rescatar de la carta actual?
-Hay varias cosas que sí están en la Constitución que tal vez no necesitan una modificación, pero algunas sí, por ejemplo, el derecho a la salud, a la educación y la seguridad social porque esta última no tiene protección.
-¿Qué otra cosa se podría rescatar de la actual Constitución?
-Lo que tiene relación con la nacionalidad. Hay capítulos completos que no han tenido discusión, entonces, al parecer, no requeriría una modificación.
"En todo caso la paz social se construye con justicia social, y para eso, al parecer, es necesario una nueva Constitución", concluyó.