Corte confirma ordenanza municipal que sanciona los "escombros aéreos"
La norma de la comuna de Santo Domingo también obliga a que el cableado eléctrico se instale de forma subterránea de ahora en adelante.
El 3 de enero del 2018 la Municipalidad de Santo Domingo promulgó una ordenanza que regula "el adecuado y ordenado uso del espacio público por parte de las empresas concesionarias de las líneas de distribución eléctrica" en la comuna parque.
En palabras sencillas, establece que las eléctricas que operan en el territorio deben retirar el cableado en desuso desde los postes y soterrar (usar canalización subterránea) para extender sus servicios de ahora en adelante.
Sin embargo, un recurso de ilegalidad presentado en la Corte de Apelaciones detuvo la aplicación de la norma. Aunque la Municipalidad salió victoriosa del pleito judicial, este siguió en la Corte Suprema, que resolvió esta semana de forma unánime que la ordenanza era legal.
El alcalde Fernando Rodríguez explicó que "nosotros como Municipalidad de Santo Domingo trabajamos esta ordenanza de soterrado de cables y también para el control de la chatarra aérea y fue aprobada por el Concejo Municipal, pero una empresa eléctrica interpuso un reclamo de ilegalidad en la Corte de Apelaciones porque decía que no teníamos atribuciones para afectar su concesión. Ahí ganamos y luego nos fuimos a la Corte Suprema, y en un fallo inédito ganamos también".
"Por lo tanto, nuestra ordenanza es absolutamente legal y también genera un precedente súper importante para la administración de los cables en el país", prosigue el alcalde.
-Es, además, un fallo inédito.
-Sí, porque en esta comuna no solo se habla de la basura aérea sino que también de los proyectos futuros. Hay otras comunas, en Santiago particularmente, que han creado sus ordenanzas, pero que no han sido tan visionarias como esta que también habla de los proyectos futuros.
-¿Entonces de ahora en adelante los cables irán de forma subterránea?
-Exacto, en todo el trayecto. Si se hace un condominio como Don Matías, que fue el último, por ejemplo, este deberá llevar los cables soterrados.
-Y en el caso de los que ya están en los postes, ¿estos ahora deben ser ordenados por las concesionarias?
-La ordenanza permite sacar partes diarios a la concesionaria eléctrica por no retirar los cables en desuso. Lo que pasa es que la concesionaria eléctrica decía que los cables eran de una empresa de tv cable o de teléfono, pero no había un responsable único, porque la concesionaria eléctrica pone los postes y los arrienda a otras empresas, pero ahora ellos serán únicos responsables del cableado.
Tras salir de la Corte Suprema, el alcalde indicó que "hoy empezamos claramente a operar con ella (la ordenanza) en toda la comuna, en la zona urbana y rural".
En el caso de las infracciones, se podrán cursar multas de 5 UTM (248 mil pesos aproximadamente) diarias.
248 mil pesos diarios vale la multa que podrá cursar la municipalidad a las empresas por tener "chatarra aérea".