Crónica
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló un cargo gravísimo contra la sociedad Establecimientos de Turismo Aquelarre Ltda., titular del predio Fundo Santa Margarita, en la comuna de El Tabo, por la ejecución de un proyecto de extracción industrial de áridos que supera los cien mil metros cúbicos totales de material removido entre los años 2012 y 2018, sin contar con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que lo autorice.
Según la entidad reguladora, el material removido entre esos años alcanzó aproximadamente 418.707 m3, extendiéndose por una superficie de 24 hectáreas (ha) aproximadamente, área que representa un 10% del total de la superficie de distribución natural de la especie en categoría de conservación en peligro crítico "Astragalus trifoliatus", endémica de la provincia de San Antonio y con un limitado registro en la comuna de El Tabo. Su hábitat es preferentemente de dunas y, por ende, está adaptada a prosperar únicamente en sustrato arenoso a pleno sol.
La superintendencia reveló que la extracción de material removido generó una afectación de 0,8 ha., de un total de 4,01 ha de bosque nativo de preservación, 0,4 ha. de un total de 0,86 ha. de humedal y parte occidental del conchal arqueológico, lo que, a juicio de la fiscal instructora, se considera extenso en cuanto a la superficie total del bosque nativo de preservación, humedal y conchal arqueológico existente.
Daño
La infracción se clasifica como gravísima "por constituir acciones que han causado daño ambiental no susceptible de reparación e involucren efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire y alteración del patrimonio cultural".
Según explicó el superintendente del Medio Ambiente, Cristóbal De La Maza, el daño ambiental se establece sobre la base de los aspectos constatados en la actividad de fiscalización ambiental, que dan cuenta, en primer lugar, de la alteración y disminución de disponibilidad del suelo y, por consiguiente, las condiciones que hacen posible la permanencia de los recursos naturales presentes en el Fundo Santa Margarita, así como el desarrollo de la flora y vegetación existente".
Añadió que "la visita en terreno comprobó una afectación al patrimonio cultural, con ocasión de las actividades ejecutadas en el sector de ubicación de un conchal arqueológico".
"Lo que ellos hicieron fue la habilitación de vías de acceso, despeje de superficie boscosa y la generación de taludes de arena en el borde costero norte y sur de la quebrada alterando el hábitat y afectando directamente especies en categoría de conservación, como también generando una disminución y fragmentación de este" sostuvo De La Maza.
De conformidad con lo dispuesto en la normativa, "el infractor tendrá un plazo de 10 días hábiles para presentar un programa de cumplimiento y de 15 días hábiles para formular descargos respectivamente, ambos plazos contados desde la notificación del presente acto administrativo", dijeron desde la superintendencia.
2012 la empresa comenzó la extracción de áridos, que se extendió hasta 2018.