"Tía de jardín" condenada por maltrato no podrá trabajar con niños por 10 años
Además, la mujer fue sentenciada a cinco años de presidio, pena que cumplirá en libertad vigilada tras recibir beneficio.
Una "tía de jardín" que fue encontrada culpable de agredir en repetidas ocasiones a 21 niños cuando se desempeñaba en la desaparecida sala cuna "Siete Pinceles", recibió una condena de cinco años de presidio y se le prohibió trabajar con menores de edad durante una década.
Ayer el Tribunal Oral en Lo Penal (TOP) de San Antonio dio a conocer la sentencia en contra de la imputada de 50 años, en una audiencia que se realizó a través de la plataforma Zoom, a la cual tuvo acceso Diario El Líder.
"Se condena a la acusada, autora del delito reiterado de maltrato corporal relevante agravado (…), en grado de consumado, cometido en contra de menores (…) entre julio de 2017 y octubre 2018 en el jardín infantil y sala cuna Siete Pinceles, a sufrir la pena de tres años de presidio menor en su grado medio", leyó la magistrada Daniela Herrera.
Por el mismo delito de maltrato corporal, ya que se estableció que le propinó a los niños cachetadas con la mano abierta y que los obligó a comer su propio vómito, se le sentenció a la "inhabilitación absoluta temporal para ejercer cargos, empleos, oficios o profesiones en ámbitos educacionales o de la salud que involucren una relación directa habitual con personas menores de 18 años (…) durante seis años", dice el fallo.
Esta misma prohibición también se aplica para labores con "adultos mayores o con personas en situación de discapacidad".
Trato degradante.
La acusada, quien por orden del tribunal solo podrá ser identificada con sus iniciales X.C.D., también fue hallada culpable del delito de trato degradante, ya que durante el juicio se acreditó que encerró a niños de entre seis meses y cuatro años en baños a oscuras y que amarró a lactantes a sus sillas mientras lloraban.
Por eso "se condena a dos años de presidio menor en su grado medio y accesoria de inhabilitación absoluta temporal para ejercer empleos (…) que involucre relación directa con menores de 18 años durante cuatro años", dictaminó el TOP en el fallo.
Así, por ambos delitos la mujer que se desempeñó entre 2017 y 2018 como "tía de jardín", siendo que estaba contratada como auxiliar de aseo, fue condenada a un total de cinco años de presidio y 10 de inhabilidad para trabajar con niños.
Libertad
Pese a que fue sentenciada a cinco años de cárcel, la mujer no irá a prisión. Debido a que no cuenta con antecedentes penales y a que cometió un delito considerado menor, obtuvo un beneficio para cumplir la condena en libertad.
"Reuniendo la sentenciada los requisitos (...) se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva por el término de ambas penas corporales, vale decir, 5 años", determinó el tribunal.
La condenada deberá seguir un programa que establezca Gendarmería durante cinco años. Además, el TOP la obligó a "cumplir un programa formativo laboral de tratamiento de la violencia".
Máximo
Para el Ministerio Público la sentencia dada a conocer la tarde de ayer fue un logro.
"Estamos satisfechos por la sentencia definitiva a la que arribó el Tribunal Oral. Se aplicó lo que solicitábamos, que son cinco años de presidio por los dos delitos y 10 años de inhabilidad de trabajar con menores de edad, que es el máximo que se podía condenar", expresó el fiscal del caso, Álvaro Mansilla.
Respecto al beneficio para cumplir la pena de cárcel en libertad, el persecutor expresó que "el tribunal aplicó la ley, la que permite entregar este beneficio. Sin embargo, vamos a revisar la sentencia para estudiar presentar un recurso ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso (CAV) que lo revoque".
La acusada arriesgaba desde el pago de una multa a ir a la cárcel.
El abogado defensor particular a la condenada tiene un plazo de diez días para presentar un recurso ante la CAV que deje sin efecto la determinación del Tribunal Oral.
"Se aplicó lo que solicitábamos, que son cinco años de presidio por los dos delitos y 10 años de inhabilidad de trabajar con menores de edad, que es el máximo que se podía condenar",
Álvaro Mansilla,, fiscal del caso