Corte ratificó que el homicidio de joven ciclista fue en defensa propia
El tribunal de alzada rechazó recurso de nulidad tras absolución del acusado de causar la muerte a Iván Catalán (27).
La Corte de Apelaciones de Valparaíso (CAV) rechazó el recurso de nulidad presentado por la fiscalía de San Antonio luego de que se absolviera al único acusado de causar la muerte de un joven deportista de la población 30 de Marzo, a quien le propinó lesiones con un cuchillo.
El tribunal de alzada coincidió con el fallo del Tribunal Oral en Lo Penal (TOP), que el 9 de febrero pasado dictaminó que el imputado apuñaló a Iván Catalán Cornejo (27) en legítima defensa, dejándolo en libertad.
"El recurso de nulidad (presentado por la fiscalía y abogado querellante) se basaba en que el Tribunal Oral se equivocó al valorar la prueba sobre la legítima defensa", explicó el abogado defensor, Jonathan Ramírez Orellana.
El TOP determinó, lo que fue ratificado por la CAV ayer, que "las circunstancias (del ataque) se producen (tras) el hecho de concurrir (Iván Catalán) a la vivienda (del imputado), en horas de la noche, usando un elemento contundente, que si bien no es arma, al menos constituye un instrumento que sí se usa para golpear (bastón retráctil), lo que permitía creer al imputado que dicho ataque a su vida se estaba produciendo, de modo que empleó los medios de que disponía (un cuchillo) para defenderse", dice en el fallo del Tribunal Oral.
El hecho ocurrió el 15 de mayo pasado, tras lo cual la dueña de la casa donde fue el ataque, llevó a Catalán Cornejo al hospital Claudio Vicuña. Luego de agonizar falleció en el Carlos van Buren producto de las lesiones cortopunzante sufridas en el tórax.
"Lo que el tribunal estableció, luego de varias pruebas presentadas, que Catalán llega a la casa donde mi representado se encontraba con su pareja, llega de noche, luego de beber alcohol durante todo el día. Estando en toque de queda, ingresa a la vivienda sin ser invitado y lo ataca con un bastón retráctil", dijo Ramírez Orellana.
Agregó que "el tribunal entiende que la reacción, tomando un cuchillo, es lo que haría cualquier persona al verse en una situación así, de estar siendo atacado a fierrazos por una personas que era el doble de la contextura de mi cliente".
Teléfono
La familia del fallecido expuso durante el juicio que Iván Catalán fue hasta la residencia del acusado y su pareja porque la mujer, amiga de ambos, le había pedido auxilio porque supuestamente había sido agredida.
"Esto también se demostró en el juicio que era falso, ya que la pareja del imputado puso a disposición su teléfono celular, donde había mensajes en que le decía todo lo contrario (al occiso), que no fuera a la casa", aportó el defensor particular.
Tesis fiscalía
La absolución y rechazo del recurso de nulidad desestimaron la teoría del Ministerio Público y del querellante, que apuntaban a que el imputado, "actuando de sobre seguro", por una amistad que tenía con el occiso, procedió a atacarlo con un arma blanca.
La acusación de la fiscalía por homicidio simple decía que "en la noche del día 15/05/2020 y en el interior del domicilio (…), el acusado procedió, actuando sobre seguro a agredir mortalmente con un arma blanca en la zona torácica a la víctima Iván Catalán Cornejo, falleciendo finalmente en horas de la mañana del día 21/05/20 por shock hipovolémico, laceración transfixiante cardiaca y herida por arma blanca".
36 años tiene el hombre que fue absuelto luego de que se demostrara que actuó en legítima defensa.