Condenan a once imputados por saquear el Tottus en la revuelta
Fueron hallados culpables del ilícito de robo en lugar no habitado. La mayoría son trabajadores y estudiantes, solo dos tenían antecedentes penales.
Esta semana se dio por ejecutoriada la sentencia en contra de once individuos que fueron encontrados culpables de saquear el supermercado Tottus de Barrancas en medio de la revuelta social de 2019.
El grupo enfrentó un juicio en el Tribunal Oral en Lo Penal de San Antonio, donde se les acusó del ilícito de robo en lugar no habitado ocurrido el 21 de noviembre de dicho año, cuando una gran cantidad de personas ingresó al local comercial para sustraer mercadería, siendo detenidos por funcionarios de la Policía de Investigaciones.
Según se detalló en el juicio, que fue llevado adelante por los fiscales Claudia Cancino y Osvaldo Ossandón, cuatro de los detenidos fueron atrapados dentro del mismo supermercado de Barros Luco y otros siete en las inmediaciones con artículos en sus manos.
Perfil
El perfil de los imputados apunta a que se trata de personas sin antecedentes penales, con estudios o un trabajo y que cuando fueron detenidos saqueando era la primera vez que se veían envueltos en un hecho delictivo.
De los condenados, diez mantienen residencia en San Antonio y uno en Cartagena y tienen entre 21 y 50 años. Entre ellos, hay un estudiante de arquitectura y otro de enfermería, como también un trabajador portuario y un administrador de una empresa local.
El TOP los declaró culpables dadas las pruebas presentadas en el juicio, estableciendo que además se configuraba "la agravante establecida en el artículo 12 Nº 10 del Código Penal, esto es, haber cometido el delito con ocasión de tumulto o conmoción popular", estipularon en la sentencia.
Además, los jueces desestimaron la solicitud de absolución de los defensores.
"La defensa cuestionó que las especies que le fueron encontradas a cada uno de los acusados no fueron fijadas fotográficamente por separado, lo que restaría mérito al supuesto hallazgo de los objetos en poder de sus representados, debiendo absolver. Sin embargo, esta alegación será desestimada", señala el fallo.
Debido a que la mayoría contaba con irreprochable conducta anterior, el TOP decidió condenar a nueve de ellos a una baja pena de 61 días de presidio, beneficiándolos a cumplir en libertad.
En tanto, un hombre de 26 años y otro de 25 fueron condenados "como autores del delito de robo con fuerza en las cosas en lugar no habitado (…) a la pena de doscientos días de presidio menor en su grado mínimo al primero y al segundo a la pena de cuatrocientos diecisiete días".
El sentenciado de 26 años recibió el beneficio de pagar su castigo bajo reclusión domiciliaria nocturna y el otro debe cumplir pena efectiva.