Declaran culpable a sujeto que mató a un vendedor ambulante junto con su hermano
Acusado de 37 años fue condenado por el homicidio de Ivo Henríquez (36) en la caleta Pacheco Altamirano. Arriesga 15 años de cárcel.
En abril pasado un hombre de 28 años fue condenado por el homicidio de Ivo Patricio Henríquez Sanhueza (36) y ayer su hermano mayor fue encontrado culpable como coautor del delito que ocurrió en la caleta Pacheco Altamirano de San Antonio, en los días previos a la Navidad de 2020.
El Tribunal Oral en Lo Penal (TOP) de San Antonio entregó la mañana de ayer su veredicto condenatorio. Estimó que el acusado, identificado con las iniciales R.A.L.G. (37), junto con su hermano, persiguieron a la víctima desde el mall Arauco hasta la caleta, donde le propinaron heridas cortopunzantes que le costaron la vida.
Al acusado R.A.L.G. se le acusó directamente de apuñalar a la víctima en el corazón.
Veredicto
En la audiencia de lectura del veredicto, a la cual asistió Diario El Líder, el juez redactor Sebastián Báez leyó que luego del juicio que llevó adelante el fiscal Juan Carlos Catalán se logró acreditar que el 14 de diciembre de 2020, Francisco A.L.G. (28) sostuvo una discusión con Ivo Henríquez afuera del centro comercial sanantonino por un espacio para vender, pues ambos eran vendedores ambulantes.
En esa disputa, la víctima fatal le había propinado un corte en la mano a Francisco A.L.G., quien tras ello llamó su hermano mayor.
"Llega al lugar su hermano (de Francisco), R.A.L.G., con quien comienzan a buscar a la víctima, premunidos de armas contundentes y punzocortantes, logrando ubicarla alrededor de las 17.20 horas en el sector de la caleta Pacheco Altamirano, procediendo (Francisco), que portaba un bastón retráctil y un cuchillo a agredir a la víctima, en tanto R.A.L.G. le propinó una herida penetrante en la región precordial (corazón) y brazo derecho con el cuchillo que portaba", señala el TOP en su fallo.
El tribunal también estableció que "a raíz de las lesiones sufridas, la víctima Ivo Henríquez resultó con lesiones que finamente causaron su muerte (...) por hemorragia aguda interna y externa y lesión cardiaca por herida cortopunzante".
Por lo tanto, aportó el magistrado Báez, "se califican los hechos como delito de homicidio (…) en grado de desarrollo consumado, ya que se acreditó que R.A.L.G. le propinó a la víctima una herida penetrante provocada con un arma blanca que portaba en la región del pectoral izquierdo de carácter mortal".
Eso sí, el TOP desestimó la alegación del Ministerio Público sobre que el acusado actuó con alevosía para cometer el delito de homicidio calificado.
Además, los jueces rechazaron la teoría de la defensa sobre que el acusado hirió al afectado sin la intención de quitarle la vida.
"Esta hipótesis será descartada, ya que la agresión se produjo con un arma cortopunzante en una zona vital, siendo idóneo para causar la muerte de la víctima", se redactó en el veredicto.
Penas
Tras conocerse el fallo condenatorio, el fiscal Juan Carlos Catalán solicitó que R.A.L.G. sea condenado a cumplir una pena de 15 años de presidio.
Expuso que el imputado cuenta con antecedentes penales por el mismo delito, ya que en 2003 fue condenado por homicidio tentado. Luego, en 2009, lo sentenciaron como autor de microtráfico de drogas.
El defensor Sebastián Lamilla pidió que sea castiga a cumplir la pena más baja posible, de 5 años y un día de presidio. Aludió a que se considere como atenuante que su representado testificó admitiendo su participación en el homicidio y que actuó por un "arrebato" al querer defender a su hermano menor.
La sentencia será dada a conocer la próxima semana.
"Se califican los hechos como delito de homicidio (…), ya que se acreditó que R.A.L.G. le propinó a la víctima una herida penetrante provocada con un arma blanca que portaba en la región del pectoral izquierdo",
veredicto.