Corte ordena indemnizar a exfuncionario municipal torturado en Santo Domingo
La Corte de Apelaciones de Santiago estableció que fue víctima de crímenes contra la humanidad en dictadura y que hasta la actualidad padece "innumerables secuelas" por "deleznables agresiones" en su contra.
La Corte de Apelaciones de Santiago ordenó indemnizar a un funcionario de la Municipalidad de Melipilla, quien fue detenido en agosto de 1974 y sometido a torturas por agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (Dina) en el campo de prisioneros Rocas de Santo Domingo.
El tribunal estableció que Luis Alberto Martínez Henríquez fue víctima de crímenes contra la humanidad y que hasta la actualidad padece "innumerables secuelas" por "deleznables agresiones perpetradas" en su contra.
TORMENTOS
El fallo indica que Martínez "era empleado público de la Municipalidad de Melipilla y militante del Partido Socialista, cuando fue detenido en su lugar de trabajo el día 16 de agosto de 1974, por integrantes del Servicio de Inteligencia Militar y luego traslado a las cabañas de la Dina en Santo Domingo".
En ese recinto, que previo al golpe cívico militar era centro de veraneo de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), "fue interrogado y torturado con culatazos, golpes de puños y pies en su cuerpo" por miembros de la Dina, que era encabezada por el entonces teniente coronel del Ejército Manuel Contreras Sepúlveda, quien falleció en 2015 cumpliendo 59 sentencias que sumaban 529 años de prisión por secuestro, desaparición forzada y asesinato durante la dictadura.
Además, fue "sometido a tres simulacros de fusilamiento" dentro del centro clandestino de la policía secreta del régimen.
La condena indica que entre las sesiones de tortura fue "arrojado al mar dejándole próximo a ahogarse" y que "se le aplicó corriente".
Su detención duró nueve días, entre el 16 y el 24 de agosto de 1974, periodo en que permaneció con los ojos vendados.
Al momento de ser liberado "le obligaron a firmar una declaración que indicaba que no había sido detenido por Carabineros ni Fuerzas Armadas y que no había sufrido ningún tipo de tortura".
DEMANDA
En 2019, el exfuncionario municipal demandó al Fisco, aduciendo que "el Estado de Chile es civilmente responsable, ya que los autores de los hechos descritos eran miembros del Ejército de Chile y otras ramas de las Fuerzas Armadas y de Orden" y que "el Estado de Chile ha reconocido expresamente su responsabilidad en los hechos de secuestro y tortura ocurridos durante la dictadura militar mediante distintos instrumentos jurídicos como la Comisión Nacional de Verdad y reconciliación y el Informe sobre Prisión Policía y Tortura denominado Informe Valech, el cual lo reconoce como víctima".
El Vigesimosegundo Juzgado Civil de Santiago, sin embargo, decidió en su contra y consideró que el caso estaba prescrito.
Más tarde, en agosto de este año, la Corte de Apelaciones de Santiago anuló este veredicto e indicó que los casos de crímenes contra la humanidad no prescriben en base a los múltiples tratados internacionales que ha suscrito nuestro país.
En consecuencia, y ratificando los tormentos que padeció en Santo Domingo, el tribunal de alzada estableció que "se acoge la demanda de indemnización de perjuicios interpuesta por don Luis Alberto Martínez Henríquez en contra del Fisco de Chile, por lo que se dispone el pago, por concepto del daño moral, de la suma de $40.000.000".

