Representar, pero no aprobar o rechazar
El proceso constitucional ha entrado en su recta final. El 17 de diciembre, las chilenas y chilenos deberán acudir una vez más a las urnas para decidir si aprueban o rechazan la propuesta constitucional, o al menos esto es lo que el ciudadano común había entendido. Sin embargo, durante la última semana, ha llamado mucho la atención una norma contenida en el Reglamento "Acuerdo S/N" que contempla un final alternativo: que no sea la ciudadanía la que tenga la última palabra.
El reglamento anteriormente mencionado, especifica que por un quórum de los miembros en ejercicio del órgano, se aprobará la totalidad del texto. Es decir, si 31 consejeros votan en contra del texto final, el proceso se entenderá finalizado y la propuesta constitucional será desechada.
En consideración a lo anterior, corresponde hacer un alcance respecto al mandato constituyente delimitado y exclusivo que tienen los consejeros electos y expertos que han participado. La única tarea que se les ha encomendado, es llevar a cabo la redacción de una propuesta que debe ser sometida al escrutinio. Sin embargo, este encargo en ningún caso es extensible u homologable a que los mismos elaboradores del proyecto tengan la facultad unilateral de decidir sobre su aprobación o rechazo.
La legitimidad del proceso actual es cuestionada por algunos, al no haber existido un plebiscito de entrada. En ese sentido, parece de aún mayor relevancia que el plebiscito de salida fuese la instancia en la que, quienes tienen el ejercicio de la soberanía por naturaleza, en definitiva, los ciudadanos, fuesen quienes le otorgarán la validez necesaria a este proceso.
Además, esta importantísima decisión podría ser objeto de manipulación política. Eventualmente, se puede prestar para que los sectores que no están de acuerdo con la propuesta final, acuerden desecharla y, por ende, no someterla a plebiscito.
Por último, es muy llamativo lo señalado en la página web del Senado, en una publicación del 12 de diciembre de 2022, que indica textualmente "La propuesta final de Nueva Constitución deberá ser ratificada o rechazada por la ciudadanía mediante un plebiscito con voto obligatorio." Si los poderes del Estado no tenían claro el procedimiento que pone fin a este proceso constitucional, mucho menos lo tiene la sociedad política.
Matías Ignacio Vásquez Uribe
Nicolás Ignacio Barrientos Dillems
Alumnos de Derecho