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Estudian recurso para anular juicio que absolvió a acusados del crimen de exPDI

Fiscalía analiza sentencia en que los cuatro imputados por el asesinato de Patricio Castañeda (57) solo fueron condenados por intentar robarle el auto al afectado, atraco en que fue baleado de muerte.
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Mónica Jorquera Escobar

Los cuatro imputados por el robo con homicidio cometido contra del exfuncionario de la Policía de Investigaciones, Eduardo Patricio Castañeda Romero (57), fueron absueltos como responsables de asesinato y solo condenados por el intento de robo del vehículo del occiso. Frente al fallo, la fiscalía estudia recurrir para anular el juicio.

El Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de San Antonio estimó que fue un quinto sujeto apodado "El Conejo", quien se quitó la vida en 2023, el autor de los disparos que hirieron de muerte al llolleíno, por lo que absolvieron a los acusados de ser quienes dieron muerte al exPDI.

Así, en fallo dividido, los jueces condenaron a los imputados solo por el robo con intimidación frustrado, dictando sentencias de 10 años de cárcel para tres de ellos y de 2 años de libertad vigilada para el acusado que era menor de edad al ocurrir el crimen, el 2 octubre de 2022.

Las penas dictaminadas se alejan de la pretensión del Ministerio Público en su acusación, que solicitaba cadena perpetua para los adultos, identificados con las iniciales S.I.S.C. (26), G.J.R.H. (20) y S.I.R.G. (25), por haberle quitado la vida a la víctima en medio del asalto. Para el adolescente, de hoy 19 años, D.F.C.S., pedían 10 años de cárcel.

Crimen

Se acreditó que todos se reunieron en Cartagena y salieron juntos hacia Llolleo en un auto. Al llegar a la Villa Pacífico vieron a Patricio Castañeda afuera de su casa, sentado en su vehículo y decidieron asaltarlo. En medio del atraco le dispararon, falleciendo este en el mismo sitio del suceso.

Los cuatro imputados declararon en el juicio que fue el occiso "El Conejo" quien disparó.

Recurso

El fiscal jefe de San Antonio, Osvaldo Ossandón, informó que se encuentran estudiando el fallo del TOP para ver la opción de presentar un recurso ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso que deje sin efecto la determinación del TOP, por lo que el juicio oral podría repetirse.

"Si bien todos los sujetos confiesan su participación (en el atraco), el tribunal considera que no son responsables de la muerte, solo del robo, producto de que quien habría supuestamente disparado sería otro sujeto", manifestó el persecutor.

Al respecto, en el fallo se redactó que fue "El Conejo" quien efectuó los balazos contra la víctima: "La prueba rendida no pudo establecer que alguno de los acusados presentes haya sido quien disparó (…). Fluyó de la declaración de los acusados, quienes de forma conteste, atribuyeron al quinto sujeto la autoría de los disparos".

Por ello, el fiscal Ossandón manifestó "que estamos analizando (el fallo) para verificar si efectivamente existe una errónea aplicación del derecho por el cual fundar un recurso de nulidad contra la sentencia, situación que será dilucidada en los próximos días".

Disidencia

La sentencia de los jueces fue de tres votos contra uno, pues el magistrado Mauricio Aguilar fue de la idea de condenar a los cuatro imputados por el delito de robo con homicidio, pues, a su parecer, fueron todos coautores, independiente de quién disparó.

El juez argumentó que "este disidente estima que los acusados conocían las consecuencias nefastas para con la víctima, el motivo y propósito por el que todos concurrieron aquel día al lugar de los hechos, los elementos materiales disponibles para lograr el injusto -al portar un arma de fuego con potencial homicida y extraerla al momento de abordar a la víctima-, determinación que adoptaron aún sabiendo las acciones lesivas que podían desplegar, según se infirió en juicio, aceptando su resultado con indiferencia de lo que ocurriera y dando curso a la acción".

Agrega en su análisis que "por tanto resultó acreditado que los acusados se representaron concretamente el resultado mortal de sus acciones, como consecuencia probable de su propia conducta e igualmente decidieron realizarlas, aceptando la verificación del resultado dañoso, renunciando a la posibilidad de detenerse en el curso desplegado y evitar de este modo la ya prevista lesión del objeto jurídico puesto en peligro (la vida de Castañeda), aceptando lo que sobreviniera".

"Los acusados conocían las consecuencias nefastas para con la víctima, el motivo y propósito por el que todos concurrieron aquel día al lugar de los hechos (...), determinación que adoptaron sabiendo las acciones lesivas que podían desplegar",

decisión de juez que optó por condenarlos por el homicidio.

2 de octubre de 2022 asesinaron a Patricio Castañeda afuera de su casa en Villa Pacífico, en Llolleo.

diario el líder
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Tres imputados fueron condenados a 10 años de presidio y uno a 2 años con libertad vigilada.
eduardo Patricio fue miembro de la pdi por 33 años.
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