yopino
Por Lalo Loyola
Director:
Manuel Mejías Yáñez
Gerente de Ventas:
Sixto Bórquez Orellana
Domicilio:
Barros Luco 2170 / San Antonio
Fono Comercial:
228 6108
Fono Periodístico:
228 6106
Propietario:
El Mercurio de Valparaíso S.A.P.
Representante Legal:
Rodrigo Prado Lira
Email:
cronica@lidersanantonio.cl
Hoy
Municipio responde a juicios por extracción de arena
Con fecha 6 de julio del presente año se publicó, en esta misma sección, una opinión particular por el señor Bastián Brito Yanque, donde se cuestiona a esta administración sobre supuestas irregularidades en actividad de venta de áridos en la zona de la comuna de El Tabo.
Es menester indicar que por parte de la Municipalidad de El Tabo, las labores de fiscalización, otorgamiento de patentes y todos los actos administrativos conducentes a éste o cualquier otro tema, revisten claramente un carácter de legalidad, respaldado siempre por un actuar ejemplar de las unidades que conforman la administración en cumplimento de sus funciones, bajo la normativa y los procesos administrativos correspondientes.
Así en más, en relación al caso particular de la venta de áridos, es necesario mencionar que a la fecha la Empresa Aquelarre Ltda. cuenta con una patente comercial provisoria para el funcionamiento de venta de áridos, en Zona de Extensión Urbana ZEU1, la cual no revestiría ninguna irregularidad, todo en cuanto de acuerdo a las normas de zonificación del Plan Regulador y la Ley de Rentas Municipales, el uso del suelo para la actividad no sería contraria a derecho.
En cuanto a la fiscalización de las actividades en la comuna, es necesario dejar en claro que cada departamento encargado de dicha labor cumple cabalmente con su cometido, y en cuanto al presente caso, existe constancia de que personal de la Contraloría Regional, junto a la directora de Inspección y Seguridad Ciudadana, visitaron el terreno, donde no se observó el desarrollo de actividades extractivas.
En razón a los puntos expuestos, es conducente indicar que el actuar de este municipio reviste una clara sujeción a las normativas vigentes, y que en ningún caso se han efectuados actos irregulares, estableciendo que las observancias en los presentes párrafos están respaldadas por informe de la Contraloría General de la República Nº 52.978/2018, como ente encargado de ejercer el control de la juridicidad de los actos administración.
Administración
Ilustre Municipalidad de El Tabo
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¿calle o barrial?
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Es cierto que disminuyó la pobreza, pero también es verdad que aumentó la flojera, lo cual mantuvo el subdesarrollo....