Tribunal absolvió por segunda vez a los imputados del caso arsenal
Mayoría de los tres jueces determinó que el procedimiento de Carabineros, en mayo de 2018, fue ilegal. Familias de los exculpados celebraron.
Un capítulo más del llamado "caso arsenal" se vivió ayer en el Tribunal Oral en Lo Penal (TOP) de San Antonio, donde se realizó el juicio que, por segunda vez, absolvió, por dos votos contra uno, a los dos acusados por los delitos de porte ilegal de arma de fuego y de receptación, hechos que eran investigados desde el 28 de mayo de 2018 cuando Carabineros de Las Cruces efectuó un control vehicular y halló armamento en el automóvil en que se trasladaban Manuel Roberto Olivares Maldonado y Nilson Omar Cerda Órdenes.
La segunda sentencia absolutoria ocurrió a casi tres meses de que el mismo TOP, aunque en una sala integrada por otros jueces, exculpara de todos los cargos a los dos imputados. Sin embargo, el 6 de agosto pasado la Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió los recursos de nulidad presentados por el Ministerio del Interior y el Ministerio Público en contra de esa resolución dictada el 19 de junio de 2019 y ordenó realizar un nuevo juicio, el cual comenzó a las nueve de la mañana y terminó cerca de las cinco de la tarde de ayer.
En la jornada de ayer, todo lo relacionado con este caso era incierto. Ya en la mañana se especulaba con la posibilidad de que los magistrados Claudio Correa Zacarías (presidente), Astrid Veninga Fergadiott y Andrea Santander Guerra volvieran a absolver a Olivares y Cerda. Esta causa no iba a pasar desapercibida por cuanto desde que se inició su tramitación, el Gobierno ha expresado evidentes críticas al actuar de la justicia, sobre todo porque en la audiencia de control de detención, el juez de Garantía de San Antonio, Juan Pablo Flores Menéndez, declaró irregular el procedimiento llevado a cabo por Carabineros y, por ende, estableció la ilegalidad del arresto. En su dictamen, el magistrado citó lo dispuesto en el artículo 7.6 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), y señaló que esta decisión debía ser entendida como "un control suave de convencionalidad", lo que, según han analizado los expertos en Derecho, permite armonizar la normativa local con el precepto convencional.
En la sala, ayer estaban presentes los imputados y sus defensores Salvador Wasserman Rosinsky y Sergio Rojas Bustos. Por el lado de la parte acusadora se sentaron frente a los jueces la fiscal regional de Valparaíso, Claudia Perivancich Hoyuelos; el fiscal jefe de San Antonio, Osvaldo Ossandón Sermeño, además de dos abogados querellantes en representación del Ministerio del Interior.
Por la mañana, la Fiscalía exhibió fotografías del operativo realizado aquella noche del 28 de mayo de 2018 y también declararon los funcionarios de Carabineros de Las Cruces y los agentes de la Sección de Investigaciones Policiales (SIP) que ejecutaron las primeras diligencias.
En el receso del almuerzo, el hijo homónimo de Manuel Olivares se acercó al equipo de Diario El Líder y quiso dar su opinión sobre el caso. Acusó una persecución de parte del Gobierno y que habían presiones para que los jueces condenaran a su padre. "Yo no sé qué pretenden el señor (Andrés) Chadwick y el señor Piñera (el Presidente)", afirmó al insistir en que las autoridades gubernamentales han persistido en apelar a las resoluciones del caso. De hecho, el Gobierno, en 2018, presentó un recurso de queja contra Flores, aunque la Corte de Apelaciones de Valparaíso respaldó su actuar.
En ese mismo lapso de espera para la segunda parte y final del juicio, la fiscal regional sostuvo, en diálogo con El Líder, que "tenemos la convicción de que con la prueba de cargo que estamos ofreciendo podremos obtener un veredicto condenatorio porque entendemos que la prueba es suficiente para acreditar la actuación legal de los funcionarios policiales que participaron en el procedimiento".
Así también previo a conocer el veredicto y consultada respecto a la eventual presión que existiría del Gobierno para que este juicio terminara en sentencia condenatoria, Claudia Perivancich enfatizó que "yo le puedo hablar por la Fiscalía, la preocupación de la Fiscalía, y la convicción es que nosotros, en tanto titulares de la investigación, hemos reunido pruebas suficientes. No me hago cargo de la pretensión, eventualmente, del Gobierno, que está siendo representado por el Ministerio del Interior, eso es lo que formalmente ocurre en el juicio, pero no hay una presión adicional, es una investigación que tiene relevancia para nosotros como tienen relevancia las investigaciones de esta naturaleza en la que hay una importante cantidad de armas que fueron encontradas en poder de los acusados, por las cuales no solo se comete este delito que estamos esperando sanción, sino que, eventualmente, podrían haber participado o ser objetos que favorezcan la comisión de otros ilícitos".
Celebración
Según el Poder Judicial, el TOP "decretó la absolución de los acusados, tras arribar a la convicción de que toda la prueba rendida es el resultado de una diligencia que se llevó a cabo con infracción al debido proceso y vulneración de garantías fundamentales".
Una vez que los jueces confirmaron ayer la absolución de los dos imputados, desde el Centro de Justicia salieron los familiares de ambos. Estaban felices y se abrazaban en señal de unión y victoria. Raudos se retiraron los persecutores y defensores. Eran pasadas las cinco de la tarde. "Estoy muy emocionado porque el Poder Judicial no se dejó amedrentar por el poder político, eso se agradece de los jueces y creo que sí existe la justicia en Chile, porque no se dejó llevar por manos negras ni corromper por políticos. Ojalá que los casos en que están metidos los políticos salgan a flote, como el caso Catrillanca y muchos casos emblemáticos que hay en Chile", comentó el hijo de Manuel Olivares.
Osvaldo Ossandón, fiscal jefe de San Antonio, no descartó que el Ministerio Público recurra a una última acción como un recurso de queja, lo que será analizado en los próximos días. Ya no hay más opciones de que la Fiscalía pida una segunda nulidad. "Se valora el voto disidente, que claramente acoge la tesis del Ministerio Público respecto de que esto fue un actuar acorde a la normativa legal y que, efectivamente, la persecución penal de esta gran cantidad de armas era viable y lícita".
En línea con lo expresado por Ossandón, el fallo del TOP contó ayer con el voto disidente del magistrado Correa Zacarías, quien explicó que "el procedimiento policial se ajusta plenamente a lo dispuesto en el artículo 85 del Código Procesal Penal, no conculcándose garantía fundamental alguna fuera de los casos autorizados por la ley. En efecto, la conducta de los acusados de movilizarse en un vehículo en condiciones de impedir ver sus rostros, constituye un indicio que habilita de por sí el control. Es tanta la relevancia que el legislador le ha otorgado como conducta sospechosa al ocultar la identidad, que la ley 20.253 en el año 2008, incorporó expresamente como hipótesis habilitantes del control, cualquier acto que dificulte ver el rostros. Que la infracción de tránsito por su parte, se haya cursado, en modo alguno hace cesar la facultad policial de practicar el procedimiento, sobre todo teniendo en vista la conducta dubitativa posterior de los justiciados".
Respecto a la fallo absolutoria, la fiscal regional afirmó que "vamos a revisar la sentencia el próximo lunes que es la audiencia de lectura y evaluar eventualmente la presentación de algún recurso".
Claudia Perivancich,, fiscal regional de Valparaíso.
"Vamos a revisar la sentencia el próximo lunes que es la audiencia de lectura y evaluar eventualmente la presentación de algún recurso",