Abogada explica los alcances del Registro de Deudores de Pensiones Alimenticias
Mañana entra en vigencia la nueva ley que busca exigir el pago de la deuda.
Mañana entra en vigencia la Ley de Responsabilidad Parental, con la que se dará inicio al Registro Nacional de Deudores de Pensiones Alimenticias. A través de esta nueva norma legal, se exigirá el pago de esta obligación a los deudores por este concepto, a través de diferentes medidas, entre las que se encuentra la retención de fondos en cuentas bancarias.
La abogada sanantonina Gianina Acevedo explicó a Diario El Líder cuáles son las principales implicancias de la también conocida como "Ley Papito Corazón" y cómo poder solicitar el pago adeudado.
"No es necesario acercarse al Tribunal de Familia para acceder a la nueva ley. Lo pueden hacer con la clave única a través de la página (www.oficinajudicialvirtual.pjud.cl) y solicitar la liquidación para quienes tengan la pensión de alimentos convertida en UTM. Quienes no la tengan deben solicitar liquidación y conversión para que sus montos se actualicen", señaló la profesional.
-¿En qué consiste el Registro Nacional de Deudores de Alimentos?
-Es un registro electrónico que tiene por objeto coordinar diversas medidas legales para promover y garantizar el cumplimiento del pago de las pensiones de alimentos. Tiene un acceso remoto, gratuito e inmediato para cualquier persona, pero esto no es público, porque quienes pueden revisar estos registros son única y exclusivamente quienes tienen interés legítimo, como es el deudor y el alimentario, que es la persona que recibe la pensión de alimentos. También tienen acceso los tribunales y se agregan, porque tienen intereses legítimos, las notarías, el Conservador de Bienes Raíces y las personas que tienen que ver con los poderes del Estado.
-¿Cómo se puede solicitar el ingreso a esta base?
-Tenemos que distinguir. Antes del 18 de noviembre de 2021 las pensiones de alimentos estaban fijadas en Ingreso Mínimo Remuneracional. Entonces lo primero que hay que hacer es actualizar el monto, para eso se solicita una liquidación y la conversión en UTM, lo que permite que se vayan actualizando mes a mes. Tener el monto claro de cuánto se debe por concepto de pensión de alimentos es un requisito para poder solicitar el ingreso al Registro Nacional de Deudores.
-¿Quiénes ingresan al Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos?
-Las personas que están obligadas a pagar una pensión de alimentos, que figuran con deuda, y el deudor de al menos tres mensualidades consecutivas o cinco discontinuas desde el 18 de noviembre de 2021.
-¿A qué sanciones se exponen los morosos que sean registrados?'
-Cuando se realizar la compraventa de un inmueble o un vehículo motorizado, el Conservador de Bienes Raíces, el Registro Civil y las notarías tienen que confirmar que la persona que está vendiendo no sea deudor de pensión de alimentos. De lo contrario, tiene que acreditar que las ganancias respecto a esa venta son para pagar la deuda. También está la posibilidad de la devolución de impuestos, ya que la Tesorería le puede retener dinero a la persona que tenga esta deuda.
La abogada agregó que "la persona que esté en el Registro Nacional de Deudores no puede renovar la licencia de conducir ni el pasaporte. Ahora van a existir casos justificados en el que se les permita renovarlos, siempre y cuando acrediten que por ejemplo la licencia de conducir es su herramienta de trabajo".
-¿Qué implicancias hay en el ámbito laboral?
-En caso de que exista una retención laboral con una persona que es deudora de pensión de alimentos, el empleador tiene la obligación, si lo solicitan al Tribunal, de cumplir con la retención judicial y depositar lo que corresponde. Si se termina la relación laboral y se despide al deudor y este demanda, el empleador tiene que notificar al Tribunal de Familia. En caso de que haya un acuerdo o transacción donde se vaya a pagar un monto, ese es susceptible de ser retenido en parte para poder pagar las pensiones de alimentos.
Violencia intrafamiliar
Gianina Acevedo informó que con esta nueva ley el no pago de esta responsabilidad parental es considerado como violencia intrafamiliar (VIF), con las sanciones que conlleva este delito. "Si se logra acreditar que el deudor no paga con el objetivo de controlar la posesión económica que tiene quien está bajo el cuidado de un niño o una persona que es el alimentario, se considera una VIF y la pena parte en presidio menor en su grado mínimo, que va de 61 a 540 días de cárcel".
Otra novedad que trae la normativa es que "si una persona solicita un crédito de 50 UF (un millón 730 mil pesos) o más, el encargado de gestionar y revisar los antecedentes debe consultar el registro nacional. Si es deudor y se aprueba el crédito, la institución financiera está facultada para retener hasta un 50% del crédito para pagar la pensión de alimentos. Si no se cumple, hay una multa a beneficio municipal, que se le cursa al funcionario que no cumplió con la obligación de revisar. Esta va desde el 10 al 50% de la remuneración.
Según datos del Poder Judicial, un 84 por ciento de los hombres demandados por causas de alimentos no paga la pensión fijada. En otras palabras, solo 16 de cada 100 hombres cumplen con el pago.
"Es un registro electrónico que tiene por objeto coordinar diversas medidas legales para promover y garantizar el cumplimiento del pago de las pensiones de alimentos",
Gianina Acevedo
84 por cientos de los hombres demandados por causas de alimentos no paga la pensión fijada, según datos del Poder Judicial.