Condenan a hermanos por tráfico de pasta base
El acusado de 34 años y la mujer de 33 fueron encontrados culpables por ilícito ocurrido en Cartagena el año pasado.
Unos hermanos de la población José Arellano de Cartagena fueron condenados como autores de tráfico de drogas por el Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de San Antonio.
La semana recién pasada se dio por cerrado el caso en contra de los familiares tras ser ejecutoriada la sentencia en que se condenó a José Luis Erices Arenas (34) y Macarena Erices Arenas (33) por su participación en la venta de narcóticos, pues se demostró que en enero de 2022 fueron detenidos por carabineros a bordo de un vehículo con una bolsa con pasta base de cocaína y con un bolso lleno de dinero en efectivo.
Además al hermano mayor se le halló culpable de porte ilegal de municiones, ya que al ser arrestado mantenía en su poder unos cartuchos de escopeta.
"Los hechos de relevancia penal que se dieron por establecidos después de valorar libremente toda la prueba rendida (…) son los siguientes: El día 18 enero de 2022, alrededor de las 02.20 horas de la madrugada, los acusados José Erices Arenas y Macarena Erices Arenas transitaban por el sector de avenida La Marina, en la comuna de Cartagena, a bordo del vehículo Nissan Qashqai, conducido por José Luis Erices Arenas, trasladando en el mismo, en el apoyabrazos de la parte delantera, una bolsa con 276,58 gramos netos de pasta base de cocaína y en la parte posterior un bolso con $1.066.200 en billetes de baja denominación, producto de la venta de drogas", dice en la sentencia.
El fallo agrega que "asimismo, el acusado José Luis Erices Arenas mantenía en su poder dos cartuchos de escopeta calibre 12 sin percutir y sin autorización pertinente".
En el juicio, que llevó adelante el fiscal Osvaldo Ossandón, se contó con la declaración de los carabineros de la Segunda Comisaría de Cartagena que detuvieron a los hermanos cuando se dirigían a la toma de terrenos que había en el sector Estación de la comuna balneario.
Declaran
Los hermanos prestaron declaración ante los jueces, en que admitieron haber ido en el vehículo el día de la detención y que efectivamente había una bolsa con droga y dinero. Sin embargo, culparon a un tercero de ser el dueño de la pasta base.
Pese a que le echaron la culpa a otro, el TOP estimó beneficiarlos con la aminorante de cooperación en el esclarecimiento de los hechos.
Además determinaron absolverlos a ambos del delito de receptación de vehículo motorizado. Pese que a que marchaban en una camioneta robada, no se habrían expuesto pruebas suficientes para demostrar que los acusados sabían que el móvil tenía encargo por robo y verdadero dueño no asistió al juicio.
Finalmente el TOP sentenció a José Luis a 5 años y un día de presidio como autor de tráfico de drogas y a otros 541 días (un año y medio) por porte ilegal de municiones.
Y a su hermana la sentenciaron a 3 años de cárcel por tráfico. Ella no contaba con antecedentes penales, por lo cual se le benefició con cumplir su pena bajo Libertad Vigilada Intensiva.
Distinto fue el escenario de José Luis, quien ya había sido condenado en 2014 por el mismo delito de tráfico de drogas. "No siendo posible respecto del sentenciado José Luis Erices Arenas, la aplicación de ninguna de las penas sustitutivas establecidas en la ley (…), atendido el quantum (extensión) de la pena corporal a la que fue condenado, deberá cumplirla de manera real y efectiva", ordenó el tribunal oral.