Sin culpables terminó causa por el incendio de la antigua municipalidad
Hubo un solo imputado que enfrentó un juicio oral por el siniestro que ocurrió en el estallido social. Acusado fue absuelto por falta de pruebas para demostrar que participó en la quema que dejó pérdidas inconmensurables.
La causa por uno de los hechos más emblemáticos ocurridos durante el estallido social en la zona -en el sentido de acciones delictivas- fue el incendio de la antigua Municipalidad de San Antonio, que terminó esta semana sin culpables.
La indagatoria que encabezó el Ministerio Público llevó ante la justicia a un solo imputado, identificado con las iniciales L.I.Z.C. (21), por el siniestro intencional de la propiedad de avenida Barros Luco. El acusado enfrentó un juicio en el Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de San Antonio por ese hecho y por la quema y robo en un taller mecánico ubicado frente al edificio consistorial calcinado.
L.I.Z.C. también enfrentó cargos por microtráfico de drogas, pues al ser detenido se le encontraron dosis de pasta base.
Siniestro
Tras el juicio el TOP resolvió absolver al acusado, que al momento del incendio del antiguo municipio tenía 17 años, por falta de pruebas para comprobar que fue uno de los que iniciaron el siniestro el 31 de enero cerca de las 23 horas, tal como exponía su defensor Sebastián Lamilla.
Pese a que la fiscalía presentó una gran cantidad de pruebas recabadas por la Policía de Investigaciones, que buscaban demostrar que L.I.Z.C fue uno de los que quemó el edificio, estas no fueron suficientes para condenarlo por el siniestro que dejó pérdidas inconmensurables. Esto porque además de unos 1.000 millones de pesos en daños, también se perdieron para siempre los planos más antiguos de la comuna, pues en el edificio atacado funcionaba la Dirección de Obras.
Entonces, el exalcalde de San Antonio, Omar Vera, manifestó que el siniestro "es un daño tremendo a la historia del desarrollo de San Antonio. Son mentes perversas que no piensan que están dañando a su comuna. Se quemaron, producto de este atentado, los expedientes de construcción y planos de la Dirección de Obras, que son la historia de la ciudad, de las viviendas que hay en San Antonio".
En el juicio oral la fiscalía expuso que L.I.Z.C. fue detenido tras la investigación que, entre otros, contó con un testigo reservado que lo sindicaba como uno de los sujetos que prendió fuego al inmueble tras ingresar cortando cantados con un napoleón. Se mostraron también imágenes de la ropa que usaba el acusado, parte de la cual fue encontrada en su casa tras un allanamiento.
El TOP estableció que existen antecedentes para demostrar que "el 31 de enero de 2020, alrededor de las 23 horas, en el edificio consistorial de la Municipalidad de San Antonio, en avenida Barros Luco (…) un grupo de sujetos desconocidos ingresaron a las dependencias (...) forzando la reja perimetral del edificio (…), accediendo a una oficina y una bodega donde iniciaron dos focos de incendio que se propagaron hasta consumir el edificio".
Sin embargo, se agregó en el veredicto, que "ninguno de los testigos (en el juicio) dijo haber identificado (al acusado) como uno de los sujetos que habrían ingresado y provocado el incendio".
La resolución de los jueces añade que "las probanzas para establecer su intervención en los ilícitos de incendio y robo en lugar no habitado (al taller mecánico) carecieron de contundencia para concluir su participación".
Ropa
El fallo señala que "los acusadores sostienen que se determina (la participación) por las vestimentas que utilizaba (L.I.Z.C.) y con la que fue visto (…) en las inmediaciones (de Barros Luco) levantando barricadas en el contexto del estallido social y que coincide además la morfología de él (captada) en algunos registros (fílmicos) con su pantalón de buzo con la marca GAP, que se levantó de su domicilio".
Pero los jueces decidieron al respecto que "no obstante a este hallazgo (del buzo), no constituye un elemento que permite presumir necesariamente que participó en los ilícitos", agregando que "en el domicilio del acusado, aparte del pantalón de buzo GAP, no se hallaron ninguna de las demás vestimentas que se les atribuyó (…), ni el napoleón que se decía utilizaba (…) ni ninguna especie que proviniera del robo (al taller)".
Los magistrados, presididos por el juez Diego Muñoz, cuestionaron también que se ofreció la declaración de un testigo reservado, que finalmente no se presentó en el juicio.
Así, el TOP resolvió absolver a L.I.Z.C. por el incendio de la antigua municipalidad y de los cargos de robo en lugar no habitado del taller Maxpro, en que la fiscalía lo acusaba de haber sustraído especies avaluadas en 4 millones de pesos y de prenderle fuego al recinto, provocando daños por otros $6 millones, el 12 de enero de 2020.
Microtráfico
El TOP decidió condenar al acusado como autor del delito de microtráfico de drogas, puesto que al ser detenido por la PDI por su presunta responsabilidad en el incendio, llevaba dosis de pasta base.
"El 24 de marzo de 2020, en horas de la tarde, el imputado L.I.Z.C. se encontraba en calle Centenario con Arturo Prat, comuna de San Antonio, manteniendo en su poder un banano con 18 envoltorios de papel blanco cuadriculado contenedores de 88 gramos netos de pasta base de cocaína", dice en el veredicto.
Dado que fue condenado por este ilícito, el defensor Lamilla solicitó que sea sentenciado a la pena mínima, argumentando que en 2020, además de ser menor de edad, no contaba con anotaciones penales, por lo que pidió que se le castigue con cumplir horas de servicio comunitario.
La sentencia se dictará la próxima semana. Por ahora L.I.Z.C. se mantiene en prisión preventiva por otra causa en su contra por receptación de especies.